La parte 7 de la AEA 90364 son las diversas reglas particulares para las instalaciones el lugares y locales especiales
Las prescripciones particulares de cada una de las secciones que componen la Parte 7 complementan, modifican o reemplazan las prescripciones generales de otras partes de la Reglamentación 90364, partes 0 a 6.
En ausencia de referencia a un capítulo, sección o cláusula en una sección determinada, se aplican las prescripciones generales correspondientes de las partes 0 a 6 de esta Reglamentación.
En ausencia de referencia a un capítulo, sección o cláusula en una sección determinada, se aplican las prescripciones generales correspondientes de las partes 0 a 6 de esta Reglamentación.
- Sección 701: Baños, lugares y locales conteniendo bañeras, duchas u otros artefactos con grifería emisora de agua
- Sección 702: Piscinas y fuentes ornamentales
- Sección 710: Locales para usos médicos y salas externas a los mismos
- Sección 711: Instalaciones eléctricas en eventos
- Sección 712: Sistemas de suministro de energía mediante paneles solares fotovoltaicos
- Sección 718: Lugares y locales de pública concurrencia
- Sección 722: Suministro a vehículos eléctricos
- Sección 770: Viviendas unifamiliares hasta 63 A clasificaciones BA2 y BD1
- Sección 771: Viviendas, oficinas y locales unitarios
- Sección 772: Instalaciones de espacios comunes y servicios generales
- Sección 779: Módulos de instalación concentrada de electrificación mínima
- Sección 780: Instalaciones eléctricas de automatización de edificios
- Sección 791: Instalaciones eléctricas para medios de transporte fijos de personas, animales domésticos y de cría y cargas en general
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